Resumen
«La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, (DADDH) y las declaraciones subsecuentes, representan un catálogo de expectativas insatisfechas para los pueblos de América». Asi empieza este eficaz análisis del autor sobre la aplicación concreta de la noción del acceso a la jurisdicción en el campo penal, situación protegida por muchas disposiciones de la DADDH. El autor observa seis aspectos de esta protección que confronta con la realidad de la justicia penal en México y en algunos otros países de América latina. Esos aspectos, que giran en tomo a ciertos derechos mas fundamentales reconocidos en la DADDH son, en el orden : 1) El derecho de justicia o sea el derecho de toda persona acusada de hacer valer sus derechos, 2) El derecho a proceso regular, o sea, a ser juzgado por tribunales anteriormente establecidos de acuerdo con leyes pre-existentes, y 3) De gozar de la presunción de inocencia así como de ser oído en forma imparcial y pública, 4) El derecho a disponer de un procedimiento sencillo y breve, de la naturaleza del recurso de amparo o de Habeas corpus, por el cual la justicia lo ampare contra actos de autoridad que violen algunos de los derechos fundamentales consagrados constitucionalmente; 5) el derecho de no verse imponer penas crueles, infamantes o inusitadas así como de gozar de un tratamiento humano durante su privación de libertad y, en fin, 6) el derecho para las victimas de la comisión de un delito de ocurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos tanto con lo que respecta al Estado como lo que respecta a los particulares. El artículo se concentra sobre los procedimientos legales y la práctica cotidiana en México y demuestra como los desarrollos recientes en ese país conducen el sistema penal mexicano hacia un sistema inquisitorial más bien que acusatorio, y eso, en detrimento, según el autor, de una plena protección de los derechos individuales, como, de forma más específica, los derechos de los acusados.
Les commentaires sont fermés.